Artículo 33. De los informes extraordinarios.
Artículo 33 de la Ley 3/1985, de 27 de febrero, por la que se crea y regula la Institución del "Ararteko". · BOE-A-2012-4768
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-04-22.
Texto consolidado
Cuando la gravedad o urgencia de los hechos lo aconsejen, el Ararteko podrá presentar en cualquier momento, a iniciativa propia, un informe extraordinario ante el Parlamento.