Artículo 33. Publicidad dirigida a niños, niñas o adolescentes.
Artículo 33 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2019-1986
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-25.
Texto consolidado
La publicidad dirigida a la infancia o la adolescencia que se divulgue en cualquier medio escrito, audiovisual o telemático, dentro del ámbito de la Comunitat Valenciana, debe estar sometida a los siguientes principios de actuación:
1. Adaptación a la madurez de la audiencia a la que se dirige el mensaje.
2. Exclusión de la violencia, la discriminación y de cualquier mensaje que incite al odio.
3. Publicidad real y de no incitación al consumo.
4. Publicidad veraz, no engañosa.
5. Publicidad informativa, no perjudicial ni peligrosa, y compatible con hábitos de vida saludables.
6. Accesibilidad universal.
Más artículos de Ley 26/2018
- ← Artículo 32. Promoción y protección de los derechos en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
- → Artículo 34. Publicidad protagonizada por niños, niñas o adolescentes.
- Ver la norma completa: Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.