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Ley Vigente

Artículo 33. Publicidad dirigida a niños, niñas o adolescentes.

Artículo 33 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2019-1986

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-25.

Texto consolidado

La publicidad dirigida a la infancia o la adolescencia que se divulgue en cualquier medio escrito, audiovisual o telemático, dentro del ámbito de la Comunitat Valenciana, debe estar sometida a los siguientes principios de actuación:

1. Adaptación a la madurez de la audiencia a la que se dirige el mensaje.

2. Exclusión de la violencia, la discriminación y de cualquier mensaje que incite al odio.

3. Publicidad real y de no incitación al consumo.

4. Publicidad veraz, no engañosa.

5. Publicidad informativa, no perjudicial ni peligrosa, y compatible con hábitos de vida saludables.

6. Accesibilidad universal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-12-25.

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