Artículo 33. Competencia.
Artículo 33 de la Ley 2/2010, de 8 de abril, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte. · BOE-A-2010-8326
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-27.
Texto consolidado
El ejercicio de la potestad sancionadora corresponderá a los órganos de la Consejería competente en materia de salud, en los términos que se determinen reglamentariamente, sin perjuicio de la competencia atribuida al Consejo de Gobierno por el apartado 3 del artículo anterior.