Artículo 33. Bonificación de la cuota en Ceuta y Melilla.
Artículo 33 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. · BOE-A-1991-14392
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
Uno. Si entre los bienes o derechos de contenido económico computados para la determinación de la base imponible figurase alguno situado o que debiera ejercitarse o cumplirse en Ceuta y Melilla y sus dependencias, se bonificará en el 75 por ciento la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a los mencionados bienes o derechos.
La anterior bonificación no será de aplicación a los no residentes en dichas ciudades, salvo por lo que se refiera a valores representativos del capital social de entidades jurídicas domiciliadas y con objeto social en las citadas ciudades o cuando se trate de establecimientos permanentes situados en las mismas.
Dos. La Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, podrá establecer deducciones en este impuesto, que resultarán compatibles con las establecidas por el Estado sin que puedan suponer su modificación, aplicándose con posterioridad a las estatales.
Téngase en cuenta que se deroga, con efectos de 1 de enero de 2021, el art. único.2º del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, que daba redacción a este artículo, según establece la disposición derogatoria primera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#dd-2, por lo que se mantiene la redacción anterior dada por el art. único.1º.4 del citado Real Decreto-ley.
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2021, por el art. único.2º.1 del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2011-14809#aunico., en la redacción dada por el art. 3 del Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-18611#a3
Se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2020, por el art. único.2º.1 del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre Ref. BOE-A-2011-14809#aunico, en la redacción dada por el art. 3 del Real Decreto-ley 27/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17991
Se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2019, por el art. único.2º.1 del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre Ref. BOE-A-2011-14809#aunico, en la redacción dada por el art. 73 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#ar-69
Se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2018, por el art. único.2º.1 del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2011-14809#aunico., en la redacción dada por el art. 4 del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-11475#a4.
Se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2017, por el art. único.2º.1 del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, Ref. BOE-A-2011-14809#aunico., en la redacción dada el art. 66 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre . Ref. BOE-A-2015-11644#a66.
Se modifica, con efectos desde 1 de enero de 2016, por el art. único.2º.1 del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, Ref. BOE-A-2011-14809., en la redacción dada por el art. 61 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-13612.
Se modifica, con efectos a partir del 1 de enero de 2015, por el art. único.2º.1 del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2011-14809., en la redacción dada por el art. 72 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13616.
Se modifica, con efectos a partir del 1 de enero de 2014, por el art. único.2º.1 del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2011-14809., en la redacción dada por el art. 10.1 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15650.
Téngase en cuenta que la modificación del art.único.1º.4 tiene efectos hasta el 1 de enero de 2013, en que empezará a regir la del art. único.2º.1.
Esta modificación es aplicable a partir del 1 enero de 2008, según establece la disposición final 5.b).
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 14 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021..