Artículo 33. Información estadística.
Artículo 33 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. · BOE-A-2015-1114
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-09.
Texto consolidado
La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias viene obligada a hacer pública y mantener actualizada la información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos que sean de su competencia, así como la información estadística de interés de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En el plazo de un año de la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno de Canarias elaborará y publicará un estudio sobre las estadísticas de elaboración propia mínimas para verificar la calidad de los servicios públicos y el desarrollo económico.