Artículo 33. Infracciones graves.
Artículo 33 de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la prestación canaria de inserción. · BOE-A-2007-4066
Atención: Ley 1/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Tendrán la consideración de infracciones graves las siguientes:
a) La utilización de la ayuda económica para fines distintos a la cobertura de las necesidades básicas de la vida.
b) La negativa reiterada e injustificada a someterse a las actividades de inserción establecidas en el programa individual o el reiterado incumplimiento injustificado de las medidas establecidas en el mismo.
c) La negativa injustificada a inscribirse como demandante de empleo o como demandante de mejora del que, en su caso, tuviera.
d) La reiteración de cualquier infracción leve.