El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 32.

Artículo 32 del Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores. · BOE-A-2001-15221

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-05.

Texto consolidado

El artículo 10, otras actuaciones de los fondos de garantía de depósitos, apartado 3 del Real Decreto 2606/1996, quedará como sigue:

«3. Al adoptar estas medidas, el fondo tendrá en cuenta el coste financiero de las mismas a su cargo que se comparará con los desembolsos que hubiese tenido que realizar de optar, en el momento de la adopción del plan, por realizar en lugar de éste el pago de los importes garantizados previstos en el artículo 7.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-08-05.

Más artículos de Real Decreto 948/2001

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 948/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.