Artículo 32. Responsabilidad.
Artículo 32 del Real Decreto 877/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. · BOE-A-2014-10874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-26.
Texto consolidado
El incumplimiento por parte de los Colegios de sus obligaciones económicas respecto del Consejo General será reclamado por éste ante la jurisdicción ordinaria.
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