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Real Decreto Vigente

Artículo 32. Deberes.

Artículo 32 del Real Decreto 312/2019, de 26 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Centro de Estudios Jurídicos. · BOE-A-2019-6995

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-12.

Texto consolidado

1. Los funcionarios en prácticas asistirán a la sede del Centro de Estudios Jurídicos o a los lugares donde se desarrollen las actividades teóricas o prácticas, con sujeción al calendario y horario establecidos. Llevarán a cabo, dentro y fuera del centro, la actuación necesaria para lograr la adecuada preparación para el ejercicio de la función respectiva mediante el aprovechamiento diligente de las actividades programadas.

2. Las actividades del curso de selección se desarrollarán en régimen de dedicación exclusiva para cada cuerpo o carrera, y tendrán, a los efectos disciplinarios, el carácter de función o servicio público.

3. Los funcionarios en prácticas dependerán jerárquicamente, en el ámbito de sus actividades respectivas, de la Dirección del Centro de Estudios Jurídicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-12.

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