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Real Decreto Vigente

Artículo 32. Capacidad patrimonial

Artículo 32 del Real Decreto 174/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. · BOE-A-2001-4392

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-07.

Texto consolidado

Los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales poseen plena capacidad patrimonial para el cumplimiento de sus fines y plena autonomía para la gestión y administración de sus bienes, sin perjuicio de su necesaria contribución al sostenimiento del Consejo General y, en su caso, del correspondiente Consejo Autonómico de Colegios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-07.

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