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Real Decreto Vigente

Artículo 32. Anteproyecto de presupuesto.

Artículo 32 del Real Decreto 1526/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto Cervantes. · BOE-A-1999-20193

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-10-13.

Texto consolidado

El Instituto Cervantes elaborará anualmente su anteproyecto de presupuesto y lo remitirá, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, al Ministro de Economía y Hacienda. Éste lo someterá al acuerdo del Gobierno, para su posterior remisión a las Cortes Generales, integrado en los Presupuestos Generales del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-10-13.

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