Artículo 32. Retirada de la ayuda.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-02.
Texto consolidado
En el caso de los compromisos o pagos plurianuales, las retiradas se aplicarán proporcionalmente también a los importes que ya se hayan pagado por la misma operación en años anteriores, salvo que se haya podido constatar el cumplimiento del compromiso en dichos años o ya haya sido penalizado.
Más artículos de Real Decreto 147/2023
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- Ver la norma completa: Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.