Artículo 32. Medidas provisionales.
Artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2020, de 16 de septiembre, sobre la utilización de los datos del Registro de Nombres de Pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves. · BOE-A-2020-10776
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-17.
Texto consolidado
Los gastos ocasionados por la adopción de las posibles medidas provisionales serán de cuenta del causante de los hechos objeto del procedimiento sancionador. Dichos gastos, en su caso, serán reclamables mediante el procedimiento administrativo de apremio cuando la sanción adquiera firmeza en vía administrativa.
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