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Ley Foral Vigente 3 redacciones

Artículo 32. Hecho imponible.

Artículo 32 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad. · BOE-A-2018-8953

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-31.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible del impuesto:

1. La entrega de residuos para su eliminación en vertederos autorizados, de titularidad pública o privada, situados en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

2. La entrega de residuos para su eliminación o valorización energética en las instalaciones de incineración de residuos autorizadas, tanto de titularidad pública como privada, situadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

3. La entrega de residuos para su eliminación o valorización energética en las instalaciones de coincineración de residuos autorizadas, tanto de titularidad pública como privada, situadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.#df-2

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-3349.

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