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Ley Foral Vigente

Artículo 32. Profesionalización de los sectores culturales.

Artículo 32 de la Ley Foral 1/2019, de 15 de enero, de Derechos Culturales de Navarra. · BOE-A-2019-1541

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-26.

Texto consolidado

El departamento competente en materia de cultura, para garantizar la profesionalización de las personas que trabajan en los sectores culturales:

a) Promoverá las medidas necesarias para garantizar el reconocimiento de los puestos propios de los sectores, así como la capacitación y especialización de las personas gestoras, bibliotecarias, archiveras, promotoras, investigadoras, mediadoras, técnicas y otras de los sectores culturales.

b) Impulsará, por sí mismo o en colaboración con otras entidades, acciones de formación y capacitación de los agentes culturales, a fin de dar respuesta cualificada a los nuevos retos y garantizar un desarrollo sostenible de los sectores culturales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-26.

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