Artículo 32. Instrumentos de coordinación.
Artículo 32 de la Ley de Cantabria 5/1997, de 6 de octubre, de Prevención, Asistencia e Incorporación Social en Materia de Drogodependencias. · BOE-A-1997-25123
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-15.
Texto consolidado
Para la coordinación, seguimiento y evaluación de las actuaciones contempladas en esta Ley y en el Plan Regional sobre Drogas se constituyen los siguientes órganos de coordinación:
a) Comisión Interdepartamental sobre Drogas.
b) Dirección del Plan Regional sobre Drogas.
d) Comisión Regional sobre Drogas.
e) Comisión Regional de Acreditación y Control de Tratamiento con Agonistas Opiáceos a personas dependientes de los mismos.