Artículo 32. Documentación a presentar para el inicio del procedimiento.
Artículo 32 de la Ley 4/2015, de 25 de junio, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo. · BOE-A-2015-8272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-03.
Texto consolidado
Las personas físicas o jurídicas promotoras de las actuaciones sujetas al procedimiento de declaración de la calidad del suelo deberán solicitar el inicio del procedimiento al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma remitiendo el informe correspondiente a la investigación exploratoria y, en su caso, detallada que se haya realizado por una entidad acreditada.