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Ley Vigente

Artículo 32.

Artículo 32 de la Ley 3/1990, de 22 de febrero, de Patrimonio Documental y Archivos de Canarias. · BOE-A-1990-9116

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-03-22.

Texto consolidado

Cualquier persona pública o privada que retenga en su poder documentos de los especificados en los artículos 2.º y 3.º está obligada a entregarlos para su reintegración en el archivo que corresponda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-03-22.

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