Artículo 32. Planes técnicos de ordenación cinegética.
Artículo 32 de la Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza. · BOE-A-2011-6648
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-30.
Texto consolidado
1. En los cotos y zonas de caza controlada, el aprovechamiento de la caza deberá realizarse conforme a un plan técnico de ordenación cinegética, elaborado por personal técnico competente y aprobado por la diputación foral.
2. El plan técnico de ordenación cinegética analizará la situación de las poblaciones animales en cada terreno y establecerá las condiciones para su aprovechamiento, con el fin de garantizar la biodiversidad y la sostenibilidad de los recursos cinegéticos.
3. El plan tendrá una vigencia de cinco años, tras los cuales deberá presentarse otro para poder optar a continuar con el aprovechamiento hasta el fin de la vigencia del terreno cinegético. En el caso de que se produzcan daños graves y repetidos en los cultivos agrícolas o forestales, ganadería, o fauna y flora silvestres, podrá modificarse el plan antes del fin de su vigencia.