El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 32. Órganos insulares de consulta.

Artículo 32 de la Ley 18/2019, de 8 de abril, de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de las Illes Balears. · BOE-A-2019-6703

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-14.

Texto consolidado

Cada consejo insular debe crear órganos similares al Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Inmaterial de las Illes Balears para ejercer mejor sus competencias en las materias reguladas en esta ley. En este caso, el consejo mencionado y los órganos insulares de consulta deben colaborar en la consecución de los objetivos de salvaguarda y promoción del patrimonio cultural inmaterial. La organización y el funcionamiento de estos órganos se deben establecer reglamentariamente por el consejo insular respectivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-14.

Más artículos de Ley 18/2019

En El Vínculo puedes leer Ley 18/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.