Artículo 32. Garantías de pluralismo.
Artículo 32 de la Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA). · BOE-A-2008-1185
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-15.
Texto consolidado
En el conjunto de las producciones audiovisuales y programaciones de radio y de televisión efectuadas y difundidas por las sociedades filiales de la RTVA, así como en los contenidos, servicios conexos e interactivos y producciones efectuadas y difundidas en nuevos soportes tecnológicos y medios electrónicos, se asegurará y garantizará la libre expresión de la pluralidad social, cultural, ideológica y política existente en la sociedad andaluza, garantizando, igualmente, la libre formación de la opinión pública.