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Ley Derogada

Artículo 32.

Artículo 32 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística. · BOE-A-1990-29990

Atención: Ley 10/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En caso de que, en aplicación de los preceptos de esta Ley, se instruyese expediente sancionador por dos o más infracciones tipificadas entre las cuales haya conexión de causa a efecto, se impondrá una sola sanción y será la correspondiente a la infracción más grave en la cuantía máxima, excepto en el supuesto de parcelaciones ilegales, en la que habrá tantas sanciones como infracciones cometidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-11-18.

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