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Decreto-ley Vigente

Artículo 32. Retribuciones variables por objetivos o resultados vinculadas a la gestión de los fondos europeos.

Artículo 32 del Decreto-ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público. · BOE-A-2021-4246

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-05.

Texto consolidado

32.1 El personal que gestiona fondos europeos puede percibir con carácter excepcional retribuciones variables vinculadas al grado de cumplimiento de los objetivos o resultados, los cuales serán previamente establecidos por los departamentos y entidades públicas.

32.2 Mediante acuerdo del Gobierno y previa negociación colectiva se establecerán los criterios generales para la distribución y aplicación de las retribuciones variables por objetivos o resultados vinculadas a la gestión de los fondos europeos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-05.

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