Artículo 32. Expiración del mandato en las plazas gubernativas y gubernativas y jurisdiccionales.
Artículo 32 del Acuerdo de 17 de diciembre de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2025, sobre provisión de plazas de nombramiento discrecional en órganos judiciales. · BOE-A-2025-26555
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-26.
Texto consolidado
Las personas titulares de la Presidencia de Sala del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional, de Tribunales Superiores de Justicia, de Audiencias Provinciales, de Sala de la Audiencia Nacional y de Sala de los Tribunales Superiores de Justicia, en el supuesto de cese por expiración del mandato previsto en los artículos 338.1.º y 342 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, continuarán desempeñando la presidencia hasta el mismo día de la posesión de las personas nombradas, bien sean las mismas, de ser confirmadas en sus cargos, u otras.
Más artículos de BOE-A-2025-26555
- ← Artículo 31. Nombramientos y publicación.
- → Artículo 33. Procedimiento para la cobertura de vacantes de la Sala Quinta del Tribunal Supremo correspondientes a mi…
- Ver la norma completa: Acuerdo de 17 de diciembre de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2025, sobre provisión de plazas de nombramiento discrecional en órganos judiciales.