Artículo 32. Reglamento interno de funcionamiento.
Artículo 32 del Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban los estatutos de la Universidad de Valladolid. · BOE-A-2021-909
Atención: Acuerdo 111/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Institutos Universitarios de Investigación dispondrán de un Reglamento interno de funcionamiento que será elaborado por el Consejo de Instituto y aprobado por el Consejo de Gobierno. Este Reglamento interno habrá de especificar, al menos:
a) Los fines del Instituto y las actividades que pueden emprenderse para alcanzarlos, así como si han de contar, o no, con personalidad jurídica propia.
b) Sus órganos de gobierno, representación y administración.
c) El régimen del personal docente e investigador, así como el del restante personal propio o adscrito.
d) Los recursos previstos para su financiación y funcionamiento.
e) El régimen de control de sus actividades, y de revisión de sus actos por la Universidad, así como el sistema de rendición de cuentas.