Artículo 31. Procedimiento simplificado.
Artículo 31 del Real Decreto 182/2015, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores. · BOE-A-2015-2715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-15.
Texto consolidado
Cuando el órgano competente para la iniciación del procedimiento estime que existen elementos de juicio suficientes para calificar la infracción como leve, se tramitará el procedimiento simplificado.