Artículo 31. Régimen de personal.
Artículo 31 del Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2007-20275
Atención: Real Decreto 1403/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El régimen de personal contemplado en este capítulo afecta a las relaciones de empleo de la Agencia, independientemente de su naturaleza jurídica (funcionarial o laboral, incluida, en este último caso, la relación laboral especial de alta dirección y la contratación temporal o de duración determinada) y del lugar (en territorio nacional o en el extranjero) donde se lleva a cabo o desarrolla la prestación.