Artículo 31. Contratos celebrados en fraude de ley.
Artículo 31 del Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. · BOE-A-2025-24011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-17.
Texto consolidado
Los contratos formativos celebrados en fraude de ley o aquellos respecto de los cuales la empresa incumpla sus obligaciones formativas se entenderán celebrados por tiempo indefinido de carácter ordinario.
Más artículos de Real Decreto 1065/2025
- ← Artículo 30. Acción protectora.
- → Disposición adicional primera. Particularidades en los contratos de formación en alternancia suscritos en programas p…
- Ver la norma completa: Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.