El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Derogada

Artículo 31.

Artículo 31 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. · BOE-A-1992-4252

Atención: Ley Orgánica 1/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. No podrá imponerse ninguna sanción por las infracciones previstas en esta Ley, sino en virtud de procedimiento instruido al efecto y de acuerdo con los principios de audiencia al interesado, economía, celeridad y sumariedad.

2. Salvo lo dispuesto en la presente Sección, el procedimiento sancionador se tramitará de acuerdo con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo.

3. Será competente para ordenar la incoación de los expedientes sancionadores, independientemente de la sanción que en definitiva proceda imponer, cualquiera de las autoridades relacionadas en el artículo 2 de la presente Ley, dentro de los respectivos ámbitos territoriales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-03-13.

Más artículos de Ley Orgánica 1/1992

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 1/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.