Artículo 31. Actividades o usos sin licencia o autorización local.
Artículo 31 de la Ley foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra. · BOE-A-1996-22199
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-06-29.
Texto consolidado
Las actividades y usos en espacios naturales que no tuvieran licencia o autorización otorgada por las entidades locales o que se realizasen o se hubieran terminado sin ajustarse a sus determinaciones, se regirán por lo dispuesto en los artículos 228 y siguientes de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sin perjuicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.