Artículo 31. Control financiero.
Artículo 31 de la Ley 9/2022, de 30 de noviembre, de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación. · BOE-A-2023-1605
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-12.
Texto consolidado
1. El control financiero corresponderá a la Intervención General del Principado de Asturias, realizándose bajo las modalidades de control financiero permanente y de auditoría pública, en las condiciones y en los términos que determine la Intervención General, atendiendo a lo establecido en el TRREPPA y demás normativa de aplicación.
2. La Agencia queda sometida a la obligación de rendir cuentas de sus respectivas operaciones, cualquiera que sea su naturaleza, y por conducto de la Intervención General del Principado de Asturias, a la Sindicatura de Cuentas.