El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 31. Acceso a datos de salud del personal del sector público autonómico.

Artículo 31 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias. · BOE-A-2014-11996

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-11.

Texto consolidado

A los solos efectos del ejercicio de sus competencias, la inspección médica adscrita a la consejería competente en materia de función pública e inspección de los servicios y las comisiones que se creen reglamentariamente, dispondrán de la información médica necesaria, adecuada y pertinente, para valorar el proceso de enfermedad, teniendo acceso a los ficheros automatizados de datos de gestión y control de las situaciones de incapacidad temporal e invalidez de la consejería competente en materia de sanidad y del Servicio Canario de la Salud, respecto a todo el personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de sus organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entidades de Derecho público, sociedades mercantiles y fundaciones públicas integrantes del sector público autonómico, sin necesidad del consentimiento expreso del interesado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-11-11.

Más artículos de Ley 9/2014

En El Vínculo puedes leer Ley 9/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.