Artículo 31.
Artículo 31 de la Ley 7/1991, de 5 de abril de asistencia y protección al anciano. · BOE-A-1991-12095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-05-09.
Texto consolidado
El procedimiento sancionador será el establecido en los artículos 133 a 137 de la Ley de 17 de julio de 1958, de Procedimiento Administrativo, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.