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Ley Vigente

Artículo 31. Requisitos de las personas y entidades beneficiarias de subvenciones.

Artículo 31 de la Ley 6/2018, de 9 de julio, del Cine de Andalucía. · BOE-A-2018-10996

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-14.

Texto consolidado

1. Podrán acceder a las medidas de fomento previstas en este título las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en esta ley y en la normativa que resulte de aplicación, además de los que se detallen en las respectivas bases reguladoras.

2. No podrán beneficiarse de las medidas de fomento establecidas en la presente ley las personas físicas o jurídicas que incurran en cualquiera de las condiciones de exclusión reguladas por la normativa aplicable en materia de ayudas públicas y subvenciones, incluyendo aquellos supuestos de empresas que hayan sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa o sentencia judicial firmes por incurrir en incumplimiento de convenio colectivo y por conductas gravemente contrarias a los derechos e intereses legítimos de las personas consumidoras y usuarias, durante un periodo de dos años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-14.

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