Artículo 31.
Artículo 31 de la Ley 6/1986, de 28 de noviembre, de Archivos de Aragón. · BOE-A-1986-32792
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-21.
Texto consolidado
Los Órganos competentes para imponer sanciones y las cuantías máximas de estas son las siguientes:
a) El Jefe del Servicio de Archivos, Bibliotecas y Museos, las multas hasta 100.000 pesetas.
b) El Director General del Patrimonio Cultural, las multas hasta 5.000.000 de pesetas.
c) El Consejero de Cultura y Educación, las multas de cuantía superior a 5.000.000 de pesetas, hasta 25.000.000 de pesetas.
d) La Diputación General de Aragón, las multas de cuantía superior a 25.000.000 de pesetas.