Artículo 31. Voluntariado corporativo.
Artículo 31 de la Ley 4/2025, de 22 de mayo, de voluntariado de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2025-11648
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-27.
Texto consolidado
1. Todas aquellas personas jurídicas que no tengan la consideración de entidad de voluntariado, atendiendo a lo dispuesto en la presente ley, podrán promover acciones de solidaridad para sus personas trabajadoras.
2. Cuando las acciones de solidaridad referidas en el apartado anterior pretendan tener continuidad en el tiempo, deberán realizarse bajo un marco de colaboración con una o varias entidades de voluntariado e instrumentarse a través de un convenio de colaboración.
3. Se establecerán los mecanismos pertinentes a efectos de fomentar y facilitar que las empresas promuevan y participen en programas de las entidades de voluntariado.