Artículo 31. Régimen jurídico.
Artículo 31 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-12101
Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Agencia Valenciana de Seguridad Alimentaria se regirá por lo preceptuado en la presente ley, en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, en sus Estatutos, por las normas de derecho privado y por el resto del ordenamiento jurídico.
2. En el ejercicio de las potestades administrativas que tenga atribuidas, la Agencia Valenciana de Seguridad Alimentaria sujetará su actividad a las normas de derecho público, en especial a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Los actos y resoluciones de los órganos de la Agencia son susceptibles de los recursos administrativos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las resoluciones y acuerdos de sus órganos de gobierno unipersonales y colegiados ponen, en todo caso, fin a la vía administrativa.
4. La contratación de la Agencia Valenciana de Seguridad Alimentaria se rige por las disposiciones contenidas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas que le sean de aplicación y por el derecho privado.