El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 31. Rendición de cuentas y auditorías.

Artículo 31 de la Ley 2/2023, de 1 de marzo, de Políticas de Juventud de Canarias. · BOE-A-2023-12206

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-13.

Texto consolidado

1. Anualmente, en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente, la Comisión Permanente presentará a la Asamblea General, para su aprobación, el estado de cuentas y las cifras de ingresos y gastos de la ejecución presupuestaria del año anterior.

2. Con el mismo carácter anual, se presentará a la consideración de la Asamblea General la situación patrimonial del Consejo de la Juventud de Canarias, y el análisis sobre su evolución.

3. La rendición de cuentas incluirá un informe de auditoría externa.

4. Las previsiones contempladas en los apartados anteriores se llevarán a cabo sin perjuicio de los mecanismos de control y verificación que de conformidad con la normativa vigente puedan realizar los órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en esta materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-06-13.

Más artículos de Ley 2/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.