Artículo 31. Asignación de los importes.
Artículo 31 de la Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación. · BOE-A-1999-12090
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-08-29.
Texto consolidado
El importe de las sanciones impuestas por los órganos de la Comunidad de Madrid se destinará al Programa de Actuación para la Calidad de la Edificación de la Comunidad de Madrid. En el caso de que la sanción sea impuesta por el Alcalde o como consecuencia de un procedimiento instruido por la Administración Local, el importe de la misma corresponderá al respectivo Ayuntamiento.