Artículo 31. Funciones de la Administración Autonómica.
Artículo 31 de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León. · BOE-A-2002-15544
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-19.
Texto consolidado
La Junta de Castilla y León tendrá las siguientes funciones en materia de información juvenil:
a) Regular y coordinar la información juvenil en Castilla y León.
b) Reconocer y revocar centros de información juvenil.
c) Realizar tareas informativas, documentales, formativas, de asesoramiento, de difusión y de evaluación que reglamentariamente se determinen.
d) Registrar e inspeccionar la red de información juvenil de Castilla y León.