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Ley Vigente

Artículo 31. Acreditación de los empleados públicos de la Agencia.

Artículo 31 de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad. · BOE-A-2023-13671

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-18.

Texto consolidado

Se dotará al personal de la Agencia de una acreditación de su condición de empleado público de la misma. Esta acreditación será válida ante cualquier entidad pública o privada para el ejercicio de su competencia profesional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-18.

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