Artículo 31. Clases.
Artículo 31 del Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía. · BOJA-b-2013-90011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-12.
Texto consolidado
El Personal de la UNIA estará integrado por:
a) Funcionariado de carrera destinado en la universidad; o que se destine a la misma de otras administraciones públicas.
b) Personal contratado de acuerdo con la legislación laboral.