Artículo 30. Plazo para resolver y publicar la resolución.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-08.
Texto consolidado
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de correspondencia establecido en el presente real decreto será de seis meses, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, la resolución que ponga fin al procedimiento de declaración de correspondencia se publicará en la página web del Ministerio de Universidades.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.