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Real Decreto Derogada

Artículo 30. Programas de actividades.

Artículo 30 del Real Decreto 19/2014, de 17 de enero, por el que se refunden los organismos autónomos Instituto Nacional del Consumo y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en un nuevo organismo autónomo denominado Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición y se aprueba su estatuto. · BOE-A-2014-1092

Atención: Real Decreto 19/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Director Ejecutivo elaborará, con periodicidad anual, un proyecto de programa de actividades, que comprenda las previsiones anuales y, en su caso, plurianuales. Para ello, recabará las aportaciones de los órganos de asesoramiento, coordinación y evaluación de riesgos. Dicho proyecto se elevará al Consejo de Dirección, a efectos de su aprobación.

2. Los programas de actividades, aprobados de acuerdo con el apartado anterior, serán objeto de difusión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-02-04.

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