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Orden Vigente

Artículo 30. Toma de muestras de referencia.

Artículo 30 de la Orden JUS/1291/2010, de 13 de mayo, por la que se aprueban las normas para la preparación y remisión de muestras objeto de análisis por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. · BOE-A-2010-8030

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-20.

Texto consolidado

Con independencia del estudio que se vaya a realizar deberán enviarse las muestras indubitadas de las personas relacionadas con el caso.

1. Muestras de personas vivas:

a) Epitelio bucal. Para la toma de muestras se frotará la cara interna de los carrillos y encías con dos hisopos estériles secos. Los hisopos serán introducidos en cajas de cartón específicas para hisopos. En caso de empaquetar estas cajas se deberán dejar secar los hisopos al menos una hora, para evitar la degradación del ADN.

b) Sangre. Se recogerán 5 ml de sangre en un tubo con EDTA como anticoagulante. Enviar refrigerado.

c) Pelos arrancados con raíz. Se usarán para comparación morfológica. Se tomarán tres pelos de cada región anatómica que representen la variabilidad morfológica de los pelos del sujeto. El número total de pelos no será inferior a diez. Los pelos serán introducidos en diferentes sobres de papel convenientemente etiquetados.

d) En personas transfundidas recientemente y/o con trasplantes de médula ósea, es obligatoria, como muestra de referencia, una toma bucal, además de la sangre.

2. Muestras de cadáveres:

a) Cadáveres en buen estado de conservación. Se remitirán:

1.º Sangre: se recogerán 10 ml en dos tubos con EDTA como anticoagulante. Enviar refrigerada.

2.º Músculo esquelético: se obtendrán dos fragmentos de músculo, de unos 10 g, de las zonas mejor conservadas. Se deben envasar en frascos de boca ancha con cierre hermético. Se enviarán refrigerados.

3.º Piezas dentales: si existen dudas sobre la conservación del cadáver, conviene extraer cuatro piezas dentales, si es posible molares, como reserva, a fin de evitar la posible exhumación del cadáver.

b) Cadáveres carbonizados. Enviar sangre semisólida de la cavidad cardiaca, músculo de zonas preservadas, piezas dentales y hueso largo, como el fémur.

c) Cadáveres en avanzado estado de putrefacción o esqueletizados. Si su estado lo permite, enviar sangre y músculo de zonas preservadas. En todos los casos se deben enviar:

1.º Piezas dentales: Al menos 4 piezas que no estén dañadas, si es posible molares, que se enviaran en una bolsa de papel.

2.º Huesos: Siempre que sea posible un hueso largo, preferiblemente el fémur, que debe limpiarse de restos de putrílago y enviarse en una caja de cartón, si no hay restos de tejidos blandos, o en un recipiente de plástico.

d) Cadáveres embalsamados o momificados. Se deberán valorar las muestras más adecuadas en función de la antigüedad, técnica de embalsamamiento, etc., de acuerdo con el laboratorio.

e) Otras muestras de referencia de restos de fallecidos:

1.º Análisis de restos biológicos del fallecido existentes en centros hospitalarios. Es posible analizar muestras de sangre, biopsias incluidas en parafina, preparaciones histológicas, etc.

No es recomendable el análisis de tejidos conservados en formol durante mucho tiempo, a no ser que sea la única muestra disponible, ya que este compuesto modifica el ADN, dificultando, cuando no imposibilitando la obtención de resultados.

2.º Análisis de restos biológicos del fallecido que aún permanezcan en el ámbito familiar. Es posible analizar muestras que contengan restos biológicos del fallecido como sobres, sellos con restos de saliva, maquinillas de afeitar, peines, cepillos, etc. Estas muestras en muchos casos deben ser autentificadas mediante análisis genético de familiares.

3.º Restos fetales. Se analizarán los restos fetales, placentarios y el cordón umbilical. Se enviarán refrigerados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-20.

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