Artículo 30.
Artículo 30 de la Orden ECC/953/2015, de 14 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. · BOE-A-2015-5748
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-14.
Texto consolidado
La Asamblea General de Cámaras tendrá las siguientes funciones:
a) Proponer actuaciones e iniciativas para promover la participación de todas las Cámaras en el desarrollo de las funciones de la Cámara de Comercio de España.
b) Formular propuestas en relación con las líneas y los planes estratégicos de actuación de la Cámara de Comercio de España.
c) Informar sobre la memoria de actividades de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación y de la Cámara de Comercio de España.
d) Formular propuestas en relación con los programas y actuaciones dirigidas a la internacionalización y la mejora de la competitividad empresarial y al fomento de la innovación que la Cámara de Comercio de España desarrolle conjuntamente con las Cámaras de Comercio.
e) Asistir a los órganos de gobierno en sus actuaciones de la Cámara de Comercio de España y las desarrolladas por las Cámaras Oficiales en el extranjero.
f) Estudiar y proponer a los órganos de gobierno de la Cámara de Comercio de España, en su caso, medidas para la mejora de la competitividad y la internacionalización de la economía española.
g) Emitir los informes solicitados, en su caso, por los órganos de gobierno en los ámbitos de las funciones de las Cámaras.
h) Asesorar a los órganos de gobierno de la Cámara de Comercio de España para contribuir a que sus actuaciones se adecuen al cumplimiento de sus intereses y objetivos.
i) Aquellas otras que le encomienden los órganos de gobierno de la Cámara de Comercio de España.