Artículo 30. Requisitos de los solicitantes.
Artículo 30 de la Orden APA/379/2023, de 8 de abril, por la que se que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España. · BOE-A-2023-9624
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-20.
Texto consolidado
1. Podrán participar en el premio las empresas autorizadas para la elaboración de bebidas espirituosas que tenga su sede situada dentro del territorio nacional.
2. Las bebidas espirituosas presentadas serán de elaboración propia del concursante, y deberán pertenecer a alguna de las Indicaciones Geográficas (IG) españolas reconocidas por la Unión Europea.
3. Los elaboradores podrán concursar con varias muestras, pudiendo presentarse una única muestra por cada IG.