Artículo 30. Fomento de creación de organizaciones de productores.
Artículo 30 de la Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2023-11946
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-07.
Texto consolidado
Se fomentará la creación y reactivación de agrupaciones de productores y canales de venta en corto, en el que participen Explotaciones Familiares Agrarias, siempre que así lo permita la normativa estatal y/o comunitaria, conforme a lo establecido en el Decreto 71/2020, de 7 de noviembre, por el que se regula en Castilla-La Mancha la venta directa de productos ligados a la explotación agraria o normativa que lo sustituya.