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Ley Vigente

Artículo 30. Cooperación con la Unión Europea.

Artículo 30 de la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-4502

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-06.

Texto consolidado

1. La Comunidad de Madrid apoyará las acciones de promoción de políticas de juventud que establezca la Comisión Europea con el objetivo de colaborar en su difusión y adecuado aprovechamiento.

2. Asimismo, colaborará con aquellas iniciativas europeas destinadas a entidades de iniciativa social que precisen del apoyo de instituciones públicas.

3. La Comunidad de Madrid fomentará la conciencia europea mediante:

a) Programas de intercambios con jóvenes y asociaciones.

b) Iniciativas de promoción intercultural, social y artística y cualesquiera otra iniciativa que aproxime las sensibilidades e intereses de los jóvenes europeos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-06.

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