Artículo 30. Cooperación con la Unión Europea.
Artículo 30 de la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-4502
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-06.
Texto consolidado
1. La Comunidad de Madrid apoyará las acciones de promoción de políticas de juventud que establezca la Comisión Europea con el objetivo de colaborar en su difusión y adecuado aprovechamiento.
2. Asimismo, colaborará con aquellas iniciativas europeas destinadas a entidades de iniciativa social que precisen del apoyo de instituciones públicas.
3. La Comunidad de Madrid fomentará la conciencia europea mediante:
a) Programas de intercambios con jóvenes y asociaciones.
b) Iniciativas de promoción intercultural, social y artística y cualesquiera otra iniciativa que aproxime las sensibilidades e intereses de los jóvenes europeos.