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Ley Vigente

Artículo 30. Divulgación de la información relativa a la economía social.

Artículo 30 de la Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón. · BOE-A-2023-496

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-21.

Texto consolidado

1. La información relativa a la economía social se centralizará a través de la Plataforma de Economía Social prevista en el artículo 20, como modo de divulgación y difusión de la misma, sin perjuicio de las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública establecidas en la legislación en la materia.

2. En fomento de la divulgación de la información relativa a la economía social se desarrollará, integrado en el Plan Aragonés de Impulso a la Economía Social, un plan de comunicación, de carácter complementario a los planes y acciones de comunicación que desarrollen las diferentes entidades de la economía social en Aragón en su ámbito de actuación, con el objeto de favorecer el conocimiento del sector.

3. Conforme a lo previsto en el capítulo VI, el seguimiento y evaluación de la ejecución de las medidas y políticas públicas en materia de economía social previstas del Plan Aragonés de Impulso de la Economía Social será llevado a cabo por el Consejo Aragonés de la Economía Social, dándose publicidad de sus informes a través de la Plataforma de Economía Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-21.

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